Según establece el nuevo Real Decreto, quienes pretendan iniciar la formación como Enfermero residente serán admitidos en una Unidad Docente acreditada tras superar una prueba anual, única y simultánea, de carácter estatal que ordenará a los aspirantes de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, el EIR.
El Ministerio de Sanidad y Consumo, previo informe del Ministerio de Educación y Ciencia y de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, establecerá las normas que regirán la prueba, que en todo caso, incluirá una prueba o conjunto de pruebas que evaluará conocimientos teóricos y prácticos, y, en su caso, habilidades asistenciales y comunicativas y méritos académicos y profesionales de los aspirantes.
Los aspirantes a quienes se hubiera adjudicado plaza deberán tomar posesión de la misma con el carácter de Enfermeros Residentes, en los plazos que a tal efecto se señalen. Si no lo hicieran o renunciaran a la plaza, perderán sus derechos y, salvo que acrediten un motivo suficiente para ello, podrán ser penalizados en su puntuación hasta en las dos convocatorias subsiguientes.